Por si no tuviéramos bastantes cosas de las que desvelarnos cuando estamos preparando unas oposiciones, a veces malgastamos un tiempo importante en hacer el cálculo de los días puntuales en los que tenemos que entregar documentación o las propias peticiones de inscripción al proceso seleccionado.
No está de más considerar cual es la fórmula de cálculo de la administración por si nos vemos en la necesidad de realizar esa cuenta por nuestra propia cuenta.
El principio general es que, si no se especifica otra cosa, los días son hábiles, es decir, son excluidos días festivos y domingos. Hay que tener especial cuidado con este punto, ya que en las oposiciones que convocan administraciones autonómicas o locales deberemos restar sus días festivos propios, aparte de las de ámbito nacional.
Si la oposición establece algún plazo en meses o años, se comenzará a calcular desde el día posterior al de la notificación de hecho concreto. Si el mes en el que culmina el plazo no posee días con la numeración igual al del inicio, este se fija en el último día de ese mes.
Además, cuando el plazo acaba en un día no hábil, lo trasladaremos al primer día hábil que le siga. Ten en cuenta que si un día no es hábil en el territorio del organismo que hace la convocatoria pero hábil donde tu vives, o viceversa, deberá ser considerado inhábil en cualquier caso.
Ante inquietudes, tienes que saber que la Administración General con las autonómicas difunde, al inicio de cada año, un calendario laboral oficial que reúne todas las festividades de sus administraciones locales. Te será muy útil poder consultarlo.
Sigue estos consejos y no poseerás ningún problema a la hora de presentarte a unas oposiciones.
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