Monday, April 18, 2011

División tributaria

Aquel que realice un curso de tributos, entenderá que los impuestos son ingresos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias obligatorias, impuestas unilateralmente, exigidas por una Administración pública.




Un impuesto es una manera de ingreso público o prestación patrimonial de carácter público, exigida a los particulares.





El carácter coactivo de los impuestos supone que los mismos se imponen de modo unilateral por los entes del estado, según los principios constitucionales y reglas jurídicas aplicables.



La índole contributiva del impuesto denota un ingreso orientado a financiar el gasto público y, consecuentemente a la cobertura de las necesidades sociales.



En la mayor parte de los sistemas impositivos estatales se distinguen al menos tres figuras tributarias: el impuesto, la tasa y la contribución especial. Aunque, generalmente, hay coincidencia respecto a los aspectos básicos de la división tributaria, cada estado posee ciertas particularidades.


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